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Convenio especial ordinario

Procedimiento

Información General


Objeto:

Completar las cotizaciones de Jubilación, Incapacidad Permanente, Muerte, Supervivencia, Servicios Sociales y Asistencia Sanitaria derivadas de contingencias comunes.

Beneficiarios:

Los trabajadores o asimilados que causen baja en el Régimen en el que figuraban encuadrados o que sin causarla reúnan determinados requisitos.

Más información sobre beneficiarios

Impreso:

Modelo TA-0040

Documentación:

Con Carácter general:

  • Original y copia del: Documento Nacional de Identidad, Tarjeta de Extranjero o Pasaporte, según el caso.
  • Certificado de empresa/s en las que trabajo en los últimos 12 meses anteriores a la baja, donde figuren las bases de cotización por contingencias comunes correspondientes a esos 12 meses.
  • Original o copia de la sentencia firme de anulación de la pensión o denegación de la pensión. ( Cuando proceda)
Dónde tramitarlo:

Ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social o Administración correspondiente al domicilio del solicitante.Si dispone de certificado digital  puede acceder a la Sede Electrónica y remitir telemáticamente el modelo de solicitud y la documentación requerida a través del trámite Alta en Convenio Especial, situado en la Sede Electrónica de la Seguridad Social.

Plazos:

Dos plazos:

  • 90 días siguientes al cese o situación determinante.
  • Un año desde el cese o situación que pueda dar origen al convenio especial.
Efectos:

Surtirá efectos, a opción del interesado:

  • Desde la fecha de presentación de la solicitud.
  • Desde la fecha de la situación que determina el convenio especial. ( cuando la solicitud se realice en los 90 días siguientes a dicha fecha de situación)
Suspensión / Extinción:

Suspensión:

  • Durante los periodos de actividad del trabajador que determinen su inclusión en alguno de los regímenes del Sistema de la Seguridad Social.

Más información sobre suspensión

Extinción:

  • Por quedar el interesado comprendido en el campo de aplicación de un Régimen de Seguridad Social, y la base de cotización que corresponda se igual o superior a la base de cotización del convenio especial.
  • Por adquirir el interesado condición de pensionista por jubilación o incapacidad permanente.
  • Por fallecimiento del interesado
  • Por decisión del interesado.

Más información sobre extinción

Otros datos de interés:
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