Aviso Cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga una mejor experiencia de usuario. Las cookies no se utilizan para recoger información de carácter personal. Para más información consulte nuestra política de cookies.

Valore esta página
Valore este contenido

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones asumirá la Gestión de las pensiones de clases pasivas a partir de 6 de octubre

Con efectos de 6 de octubre de 2020 el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones asumirá las competencias en materia de reconocimiento, gestión y propuesta de pago de las prestaciones del Régimen de Clases Pasivas. Por consiguiente, cualquier trámite o gestión anterior al 6 de octubre de 2020 relacionada con una pensión o prestación del régimen de Clases Pasivas del Estado será competencia de la Dirección General de Costes de Personal, en el caso de pensiones causadas por funcionarios civiles, o de la Dirección General de Personal-Área de Pensiones del Ministerio de Defensa en el caso de pensiones causadas por personal militar y guardia civil.

Para obtener información adicional existen las siguientes posibilidades:

  • En el portal de Clases Pasivas podrá obtener información detallada y actualizada de las pensiones del Régimen del Clases Pasivas del Estado. Asimismo, podrá obtener los formularios para solicitar tales prestaciones, conocer la normativa que las regula, las direcciones y teléfonos de los distintos puntos de contacto, así como informarse sobre el procedimiento administrativo que se sigue para su reconocimiento o calcular el importe de su futura pensión, si es un funcionario próximo a jubilarse. También podrá plantear una consulta sobre Clases Pasivas en el apartado “Atención al pensionista” dentro de la pestaña “Pensionistas”.
  • En la página web del Ministerio de Defensa, podrá obtener información detallada y actualizada sobre las pensiones del Régimen del Clases Pasivas del Estado causadas por personal militar y guardia civil, obtener los formularios para solicitar tales prestaciones, conocer la normativa que las regula, las direcciones y teléfonos de contacto, así como informarse sobre el procedimiento administrativo que se sigue para su reconocimiento o calcular el importe de su futura pensión, si es personal próximo a retirarse. También podrá plantear su consulta sobre Clases Pasivas militares en el Servicio de información, cuyos datos de contacto aparecen en el citado enlace: “Apartado CONTACTO”.

Normativa aplicable:

  • Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, que crea el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones al que se atribuye la competencia en materia de Seguridad Social y de Clases Pasivas del Estado.
  • Real Decreto 497/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, en el que se establece un proceso gradual para la asunción de la competencia en esta materia.
Complementary Content
${loading}