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Excedencias

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Hasta ahora las situaciones de excedencia de funcionarios y personal laboral de las Administraciones Públicas, por cuidado de hijos y otros familiares, se identifican en el Fichero General de Afiliación mediante altas y bajas en CCC convencionales, de forma que cuando se produce una baja por alguna de estas causas (68, 73, 76) el sistema automáticamente genera un alta en el |CCC convencional correspondiente.

Se ha cambiado la forma de identificación de estas situaciones, pasando de ser altas en CCC convencionales a ser tratadas como situaciones adicionales de afiliación. Así, cuando se produzca alguna baja por estas excedencias (68 – Excedencia por cuidado de hijos, 73 –Excedencia por cuidado de familiares y 76 – Excedencia por violencia de género), la TGSS automáticamente generará una situación adicional de afiliación.

Para ello se han creado los nuevos valores de Situaciones adicionales de Afiliación que se indican a continuación:

301 EXCEDENCIA POR CUIDADO DE HIJOS. LABORALES
302 EXCEDENCIA POR CUIDADO DE FAMILIARES. LABORALES
303 EXCEDENCIA POR CUIDADO DE HIJOS. FUNCIONARIOS
304 EXCEDENCIA POR CUIDADO DE FAMILIARES. FUNCIONARIOS
305 EXCEDENCIA POR VICTIMA DE VIOLENCIA DE GÉNERO. FUNCIONARIOS

Estos valores no deberán ser anotados por los usuarios sino que será la propia Tesorería General de la Seguridad Social la que los anote cuando se comuniquen bajas cuya causa sea alguna de las indicadas con anterioridad.

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