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Corrección errata del BNR 11/2020 en el apartado REAL DECRETO-LEY 18/2020: DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE LA SITUACIÓN DE FUERZA MAYOR TOTAL O FUERZA MAYOR PARCIAL DERIVADA DEL COVID-19

En relación con las declaraciones responsables respecto del mes de mayo referidas a la situación de fuerza mayor total derivada de COVID-19, al seleccionar la opción Causa de la Peculiaridad de Cotización 058 -Declaración responsable Fuerza Mayor total, y cumplimentar los campos CCC, fecha desde y fecha hasta, se informa que la FECHA DESDE a anotar debe ser igual a 01-05-2020.

 


Anotación inactividades R o S

La anotación de las inactividades R o S con FECHA DESDE 1 de mayo estará previsiblemente disponible a partir del lunes 15 de junio.


Compatibilidad de las prestaciones por nacimiento y cuidado del menor disfrutadas a tiempo parcial y prestaciones por desempleo

Se ha comprobado que el SEPE está reconociendo la prestación por desempleo, en sustitución de la parte de jornada trabajada, a los trabajadores incluidos en un ERTE que estuvieran disfrutando con anterioridad al inicio del mismo prestaciones por nacimiento y cuidado del menor a tiempo parcial (prestaciones de maternidad o paternidad parcial). 

A fin de contemplar la cotización durante estas situaciones, a partir del próximo día 21 de mayo  se admitirán por los mismos días (mismo tramo) la cotización por ambas situaciones con las siguientes especificaciones:

  • Si el ERTE abarca la totalidad de la jornada trabajada se deberá informar en afiliación la inactividad correspondiente a la situación de ERTE Total. En este supuesto se aplicarán las peculiaridades de cotización 32 (maternidad a tiempo parcial) o 33 (paternidad a tiempo parcial) y la peculiaridad 17. En esta situación los conceptos económicos a presentar serán los siguientes:
Maternidad/Paternidad Tiempo Parcial (PEC 32 Maternidad T. Parcial / PEC 33 Paternidad T. Parcial) y ERTE TOTAL (PEC 17)
CODIGO
DESCRIPCIÓN
OBLIGATORIO/ CONDICIONAL
OBSERVACIONES
PARTE DE JORNADA EN SITUACIÓN DE ERTE TOTAL
509
Base de Contingencias comunes empresarial en situación de ERTE, en proporción a la jornada
Obligatorio

603 o 613 (si excluida de IT de AT y EP o colaboradora)
Base de Accidentes de Trabajo en situación de ERTE, en proporción a la jornada
Obligatorio

Indicador 51
Modalidad de salario
Condicional
Para grupos de cotización diario con retribución mensual.
PARTE DE JORNADA EN SITUACIÓN DE DESCANSO POR MATERNIDAD/PATERNIDAD
535
Base de contingencias comunes Maternidad Tiempo Parcial
Obligatorio

635 o 634 (si excluida de IT de AT y EP o colaboradora)
Base de AT Maternidad Tiempo parcial
Obligatorio


  • Si el ERTE no cubre la totalidad de la jornada deberá  informarse la inactividad correspondiente a la situación de ERTE Parcial. En este supuesto se aplicarán las peculiaridades de cotización 32 (maternidad a tiempo parcial) o 33 (paternidad a tiempo parcial) y la peculiaridad 18. En esta situación los conceptos económicos a presentar serán los siguientes:

Maternidad/Paternidad Tiempo Parcial (PEC 32 Maternidad T. Parcial / PEC 33 Paternidad T. Parcial) y ERTE PARCIAL(PEC 18)

En esta situación existirán tres tipos de jornada, una correspondiente a la parte en situación de disfrute a tiempo parcial de la prestación de cuidado de menor, otra por la parte de jornada en situación de ERTE y otra por la parte de jornada de prestación de servicios, que podrá sustituirse por la situación en la que pueda devenir el trabajador, por ejemplo, una situación de Incapacidad Temporal).

Maternidad/Paternidad Tiempo Parcial (PEC 32 Maternidad T. Parcial / PEC 33 Paternidad T. Parcial) y ERTE PARCIAL(PEC 18)
CODIGO
DESCRIPCIÓN
OBLIGATORIO/ CONDICIONAL
OBSERVACIONES

PARTE DE JORNADA TRABAJADA*

(*Si por esta parte de jornada el trabajador se encontrara en otra situación distinta a la de activo, por ejemplo en IT,  la “plantilla” correspondiente a la parte trabajada se sustituirá por la que corresponda en función de la situación del trabajador).

500
Base de contingencias comunes
Obligatorio

501
Base de Horas Extras Fuerza Mayor Condicional
Sólo se cumplimentará en caso de que se hayan realizado
537
Base de Horas complementarias
Condicional
Sólo se cumplimentará en caso de que se hayan realizado.
(trabajadores a tiempo parcial)
Horas 02
Nº de horas complementarias
Condicional
Obligatorio en caso de que se cumplimente el concepto 537
601 o 611 (si excluida de IT de AT y EP o colaboradora
Base de Accidentes de Trabajo
Obligatorio

Horas 01
Nº de horas
Obligatorio
Nº de horas trabajadas (independientemente de que el trabajador esté a tiempo completo o a tiempo parcial)
Horas 05
Coeficiente a tiempo parcial en situación de ERTE
Obligatorio

Deberá consignarse el coeficiente de jornada en activo, es decir, la parte de jornada que no se encuentra en situación de cuidado del menor ni en situación de ERTE).

La suma del coeficiente de la jornada trabajada más el coeficiente asociado a la prestación por cuidado del menor a tiempo parcial (informado por la Entidad Gestora) deberá ser siempre inferior a 1000, en caso contrario se informará de error.

PARTE DE JORNADA EN SITUACIÓN DE EXPEDIENTE DE REGULACIÓN DE EMPLEO
536
Base de contingencias comunes ERTE Parcial
Obligatorio

636 o 637(si excluida de IT de AT y EP o colaboradora
Base de AT ERTE Parcial
Obligatorio

PARTE DE JORNADA EN SITUACIÓN DE MATERNIDAD O PATERNIDAD A TIEMPO PARCIAL
535
Base de contingencias comunes Maternidad Tiempo Parcial
Obligatorio

635 o 634 (si excluida de IT de AT y EP o colaboradora 
Base de AT Maternidad Tiempo parcial
Obligatorio

Sin embargo, en el caso de que el trabajador se encontrara en un ERTE que  no cubre la totalidad de la jornada trabajada  (Inactividad “W” ERTE parcial) y pasa por la parte de jornada trabajada a maternidad a tiempo parcial o paternidad a tiempo parcial (32 o 33), no existe compatibilidad entre la prestación por desempleo y la maternidad/paternidad a tiempo parcial, en este caso se suspende la prestación de desempleo y pasa a la situación de maternidad o paternidad. Por lo que se deberá modificar la inactividad “W” por “V para que se continúe aplicando la exoneración correspondiente y las peculiaridades 17 (ERTE Total), 32 (Maternidad parcial)o 33 (paternidad parcial).

Se va a proceder a actualizar el documento “Datos a remitir para la cotización en función de las condiciones del trabajador en liquidaciones ordinarias (L00)” publicado en el apartado “Documentación/Manuales de Usuario/Procedimiento de la liquidación” en el área Sistema de Liquidación Directa.

Si tengo un trabajador incluido en el ERTE y quiero modificar su tipo de contrato u otra característica como el coeficiente de tiempo parcial ¿puedo hacerlo o tengo que esperar a que finalice el ERTE?

Si se encuentra en suspensión total (V) no se puede realizar ningún cambio de contrato de trabajo. Sólo en reducciones (W), pero respetando en todo, el CTP del ERTE,  se podría modificar el CTP de la jornada trabajada y en ningún caso el contrato de trabajo.

¿Tienen que comunicar horas los trabajadores fijos discontinuos cuando están en ERTE?

Los trabajadores fijos discontinuos cotizan igual que otro trabajador a tiempo parcial:

  • Si el ERTE es total (suspensión del contrato), no tienen que comunicar horas trabajadas, 
  • Si es parcial (reducción de jornada), tienen que cumplimentar lo mismo que el resto de trabajadores a tiempo parcial, es decir horas trabajadas H01 y CTP del tiempo de jornada trabajado. 
    • H01 Horas  01 Número de horas realizadas 
    • CTP Deberá consignarse el coeficiente de jornada que no se encuentra en situación de ERE (jornada trabajada, o la que corresponda en función de la situación del trabajador).

¿Cómo se calculan los días cotizados durante la situación de ERTE Total y ERTE Parcial?

La base diaria de cotización, se calculará conforme a lo establecido en el art. 8 de la Orden de Cotización (Orden TMS/83/2019, de 31 de enero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2019 prorrogada mediante RD –Ley 18/2019, de 27 de diciembre), esto es,  el promedio de las bases de los últimos seis meses de ocupación cotizada, por contingencias comunes y por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, anteriores a la situación legal de desempleo.

Esta base diaria se multiplicará por el número de días cotizados del tramo en situación de ERTE Total o Parcial. Para calcular el número de días cotizados del tramo, se tendrán en cuenta las siguientes reglas:

  • Si el trabajador tiene grupo de cotización mensual o diario con indicador mensual:
    • En el supuesto de que en el período de liquidación existan situaciones de activo y de ERTE Total o Parcial, independientemente de si se trata de un trabajador contratado a tiempo completo, a tiempo parcial o fijo discontinuo, el ajuste a 30 días se realiza en último tramo en el que trabajador se encuentre en situación de ERTE. Si el trabajador tuviera tramos en situación de ERTE Total y de ERTE Parcial, se ajustará en el último tramo en situación de ERTE Total.
    • Si durante el período de liquidación existen situaciones de activo, de IT, Maternidad/Paternidad o Riesgos, y situación de ERTE Total o Parcial el ajuste se realizará: 
      • Si el trabajador está contratado a tiempo parcial, fijo discontinuo o contrato a tiempo completo con reducción de jornada, no hay ajuste de días cotizados, ya que en el momento en el que exista un tramo en situación de IT, maternidad, paternidad o riesgo durante el embarazo o lactancia, la cotización se realiza por el número de días naturales del mes. 
      • Si el trabajador presta servicios a tiempo completo, el ajuste se realiza en el último tramo en situación de IT, Maternidad, Paternidad, Riesgo durante el embarazo o lactancia o ERTE Total. Si existe una situación de ERTE parcial y alguna de las situaciones especiales anteriores, el ajuste se realizará en el último tramo en el que figure con alguna de las situaciones indicadas. 
  • Si el trabajador tiene grupo de cotización diario, la base de cotización diaria se multiplicará por el número de días naturales del mes.

¿Qué información tengo que presentar en el fichero de bases?

Independientemente de que el contrato sea a tiempo completo, a tiempo parcial o fijo discontinuo, en el fichero de bases se deberá transmitir la siguiente información en función de si se trata de un ERTE total (PEC 17) o Parcial (PEC18):

  • Expedientes de Regulación de Empleo Total (PEC 17)

Los conceptos a presentar son los siguientes:


CODIGO
DESCRIPCIÓN
OBLIGATORIO/
CONDICIONAL
OBSERVACIONES
509
Base de Contingencias comunes empresarial en situación de ERE
Obligatorio

603
o 613
Base de Accidentes de Trabajo en situación de ERE
Obligatorio

Indicador
51
Modalidad de salario
Condicional
Para grupos de cotización diario con retribución mensual


  • Expedientes de Regulación de Empleo Parcial (PEC 18)

En el tramo en el que se configure la situación de Expediente de Regulación de Empleo Parcial deberán incluirse, tanto los conceptos correspondientes a la parte de jornada en situación de ERE Parcial, como los correspondientes a la parte de jornada trabajada, (o, en su caso, a la situación distinta a la de activo en la que se encuentre). Por tanto, si la situación de ERTE Parcial convive  con una situación de IT por la parte de jornada trabajada se presentarán los conceptos económicos que procedan según la situación de IT.


CODIGO
DESCRIPCIÓN
OBLIGATORIO/
CONDICIONAL
OBSERVACIONES

PARTE DE JORNADA TRABAJADA*

(*Si por esta parte de jornada el trabajador se encontrara en otra situación distinta a la de activo, la “plantilla” correspondiente a la parte trabajada se sustituirá por la que corresponda en función de la situación del trabajador)

500
Base de Contingencias comunes
Obligatorio

501
Base de Horas Extras Fuerza Mayor
Condicional
Solo se cumplimentará en caso de que se hayan realizado
537
Base de Horas complementarias
Condicional
Solo se cumplimentarán en caso de que se hayan realizado (trabajadores a tiempo parcial)
Horas
02
Nº de horas complementarias
Condicional
Obligatorio en caso de que se cumplimente el concepto 537
601 o 611
Base de Accidentes de Trabajo
Obligatorio

Horas
01
Nº de horas
Obligatorio
Nº de horas trabajadas (independientemente de que el trabajador esté a tiempo completo o a tiempo parcial)
Horas
05
Coeficiente a tiempo parcial en situación de ERE
Obligatorio
Deberá consignarse el coeficiente de jornada que no se encuentra en situación de ERE (jornada trabajada, o la que corresponda en función de la situación del trabajador)
PARTE DE JORNADA EN SITUACIÓN DE EXPEDIENTE DE REGULACIÓN DE EMPLEO
536
Base de contingencias comunes ERE parcial
Obligatorio

636 o 637
Base de AT ERE Parcial
Obligatorio


Cotización por jornadas reales

Cuando el trabajador tiene modalidad de cotización por Jornadas Reales y comunica una  inactividad “V”,  las jornadas que hubiera trabajado durante el tiempo del ERTE deben ser comunicadas como las jornadas reales previstas.

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