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Sujetos obligados a su comunicación
La iniciación de la prestación de los servicios, el cese de la misma o las variaciones producidas deben ser comunicados a la Tesorería General de la Seguridad Social.
Las solicitudes de alta, baja y variación de datos de los trabajadores deberán ir firmadas por el empresario o, en su caso, por el trabajador autónomo. Las solicitudes de alta y variación de datos del trabajador por cuenta ajena deberán ir firmadas en todo caso por el trabajador.
En el cuadro adjunto se indican los responsables de la presentación de altas, bajas y variaciones de datos en función del régimen de Seguridad Social
| Responsable de Altas, Bajas y Variaciones | ||||
|---|---|---|---|---|
| Régimen General | Empresario | |||
| Responsable de Altas, Bajas y Variaciones | ||||
|---|---|---|---|---|
| Régimen Autónomos | Trabajador | |||
| Responsable de Altas, Bajas y Variaciones | ||||
|---|---|---|---|---|
| Régimen Minería del Carbón | Empresario | |||
| Régimen Especial de Trabajadores del Mar | Responsable de Altas, Bajas y Variaciones | |||
|---|---|---|---|---|
| Trabajadores Cuenta Ajena | Empresario | |||
| Trabajadores Cuenta Propia | Trabajador | |||
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