
MINISTERIO
DE EMPLEO
Y SEGURIDAD SOCIAL
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- Oficinas recaudadoras
Son las entidades financieras y otros órganos o agentes autorizados por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social para la recaudación de los recursos del Sistema de la Seguridad Social y su posterior ingreso en la Tesorería General de la Seguridad Social. Fundamentalmente, los bancos y las cajas de ahorro para la recaudación de cuotas. - Opción (derecho de)
Derecho a elegir entre dos prestaciones legalmente incompatibles. - Orfandad
Pensión que perciben los hijos del causante fallecido, cualquiera que sea la naturaleza legal de su filiación, y los aportados al matrimonio por el cónyuge sobreviviente, (si reúnen los demás requisitos exigidos), siempre que, al fallecer el causante, sean menores de veintiún años o estén incapacitados para el trabajo y que el causante se encontrase en alta o situación asimilada al alta. En caso de que el causante se encontrase en situación de no alta, se exigirá que tenga cubierto un período mínimo de cotización de 15 años. En los casos en que el hijo del causante no efectúe un trabajo lucrativo por cuenta ajena o propia, o cuando realizándolo, los ingresos que obtenga en cómputo anual resulten inferiores al importe del salario mínimo interprofesional que se fije en cada momento, también en cómputo anual, podrá ser beneficiario de la pensión de orfandad siempre que, a la fecha de fallecimiento del causante, fuera menor de 25 años. Este límite de edad se aplicará de forma paulatina durante 2012 y 2013 en determinadas situaciones.
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